miércoles, 24 de agosto de 2011

* Tigre – Municipalidad de Tigre retiró ramas y basura domiciliaria, que obturaba el arroyo Darragueira.


La Municipalidad de Tigre retiró las ramas y la basura domiciliaria, que obturaba el arroyo Darragueira, en su intersección con la calle Saavedra, en Ricardo Rojas, desde hacía más de un año y medio.

Corresponde recordar en este punto, que respecto a este tema, di cuenta en este sitio del “Proyecto de Comunicación”, que se presentó por ante el Concejo Deliberante, en junio de 2011, en el cual se solicitaba al ejecutivo municipal, informe sobre cuestiones relacionadas con la situación ambiental de las empresas que vuelcan en el dicho arroyo, principalmente las ubicadas en la calle Saavedra, en la localidad de Ricardo Rojas.
También publique textualmente el proyecto de Resolución, presentado en julio de 2011, por el cual se solicitaba al Departamento Ejecutivo entre otras cuestiones, proceda al retiro de la obstrucción con basura domiciliaria, que sufría el arroyo Darragueyra, en su intersección con la calle Saavedra, en la localidad de Ricardo Rojas.
Cumplido este primer objetivo, que festejo y agradezco, correspondería cumplimentar las siguientes acciones, todas ellas ajustadas a derecho:

• Se realice, con la prontitud que el caso requiere, una inspección técnico/administrativa de todas las empresas de tercera categoría que vuelcan residuos industriales líquidos, en el arroyo Darragueyra.
• Respecto a la situación ambiental del arroyo Darragueyra, se requiera la pronta intervención de las autoridades competentes de la Provincia de Buenos Aires, tales como la Autoridad del Agua (ADA) y al Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS).
• Que se realice un estudio de impacto ambiental, a fin de cuantificar el daño ambiental producido e identificar a los causantes del mismo.
• Que se realice una inspección sostenida, de los transportes de residuos industriales y patogénicos que circulen por la calle Saavedra, en la localidad de Ricardo Rojas.
• Se inicien las acciones por Daño Ambiental de Incidencia Colectiva, tal cual lo señala la ley, a fin de proceder a la reparación del mismo.
• Se inicien, en caso de corresponder, las acciones penales que correspondan por estrago ambiental contra las empresas involucradas en la producción del daño.
• Se investiguen las responsabilidades que pudieran caberle a los funcionarios competentes, en cuanto al control de la situación ambiental en cuestión.

De Ricardo Barbieri para el Tigre Verde.

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