miércoles, 12 de agosto de 2009

* Basural en Tigre - Arroyo Darragueira


Pese a haber alertado en forma oportuna a la Srta. Directora General de Gestión Ambiental del Municipio de Tigre, al responsable del obrador del barrio La Paloma y a los funcionarios del área sanitaria que cumplieron en comunicarse con quien suscribe por este tema, personal, camiones y maquinarias pesadas de la Municipalidad, procedieron a rellenar con basura, un enorme pozo cavado a tal efecto.
Efectivamente, lo que ayer era una posibilidad, hoy es un hecho consumado.
La situación comentada, ocurrió en el barrio La Paloma, El Talar, Tigre, en el predio ubicado en la calle 29 de noviembre, entre Liquidámbar y la Cautiva. Allí existe un basural clandestino a cielo abierto, al cual la Municipalidad de Tigre, lo utiliza como depósito de escombros, ramas, tierras sucias, basura domiciliaria y hasta residuos industriales. Son evidentes en el lugar, las tareas de relleno y enterramiento de basura, que efectúan camiones y maquinarias pesadas del Municipio, para lo cual se procedió oportunamente a eliminar una basta arboleda.
Esta situación, afecta directamente la calidad de vida del vecindario circundante, puesto que el basural no solo genera un impacto visual negativo, sino que también produce olores, humaredas permanentes y propicia la proliferación de vectores de enfermedades transmisibles al hombre, tales como moscas, roedores y perros vagabundos, algunos de ellos en grave estado sanitario.
No está demás aclarar que este basural clandestino, no cuenta con geomenbrana para la retención de los líquidos provenientes de la lixiviación de la basura acopiada y enterrada, por lo cual los líquidos generados por la degradación de los residuos, puede estar afectando en forma directa, no solo a las napas freáticas, sino también la calidad del agua del arroyo Darragueira.
Conforme lo establecido por la ley de la Provincia de Buenos Aires Nº 13.592 de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos, los Municipios se comprometen a erradicar los basurales a cielo abierto, con obligación de clausura. Si no se cumpliera con esta obligación, la Autoridad Ambiental Provincial podrá ejecutarla con cargo al Municipio.
Fuente: Ricardo Barbieri
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